CFDi 4.0 – Principales cambios y novedades

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Desde enero de 2022 está disponible para todos los contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) un nuevo sistema de facturación electrónica. Pero dado que aún no es obligatorio operar con él (Prórroga al 01 de julio de 2022), para muchos no ha significado cambio alguno y han podido continuar realizando sus facturas como siempre.

Sin embargo, debemos entender los procesos y datos a considerar para el uso adecuado de esta versión, pero:

¿Qué significa esto y cuáles son los cambios que implica para tu facturación normal?

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Las novedades que incluye la factura en su versión 4.0 son el resultado de las distintas adecuaciones y modificaciones en materia de CFDI y cancelación de comprobantes fiscales contenidas en el CFF para el 2022, así como ajustes técnicos derivados de la versión actual 3.3 del CFDI mismos que analizmaos a continuación:

1. Especificar información del emisor y receptor: este cambio implica incluir de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor, es decir debe contar mínimo con los siguientes datos:

  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
  • Nombre o denominación o razón social, y
  • Código postal de su domicilio fiscal

Este proceso implica una actualización de la información de todos los clientes y se debe contar con la Cédula de Identificación Fiscal(CIF) para evitar errores al momento de emitir una factura.

2. Especificar si las operaciones son objeto de impuestos indirectos: Es importante identificar las operaciones objetos de impuestos indirectos como IEPS o IVA que son aplicados a productos como combustibles, bebidas alcohólicas, tabaco o alimentos no básicos de alta densidad calórica.

Las claves consideradas en el catálogo son:

  • 01 No objeto de impuesto.
  • 02 Sí objeto de impuesto.
  • 03 Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose.

3. En operaciones con Público en general y cuentas a terceros se incluyen nuevos campos: En los apartados para público en general se detallará la siguiente información:

  • Periodicidad: Registrar el período al que corresponde la información del comprobante global (Diaria, Semanal, Quincenal, Mensual o Bimestral).
  • Meses: Registrar la clave del mes o los meses al que corresponde la información de las operaciones celebradas con el público en general.
  • Año: Registrar el año al que corresponde la información del comprobante global.

Además, en la información del Receptor, se deberá considerar lo siguiente:

  • RFC: Se debe registrar el valor “XAXX010101000”
  • Nombre: Se debe de registrar el valor “PUBLICO EN GENERAL”.
  • DomicilioFiscalReceptor: se debe registrar el mismo código postal del Emisor.
  • RegimenFiscalReceptor: Se debe registrar la clave “S01” (Sin efectos fiscales).

Para aquellos casos donde se aplique el Pago a través de un tercero de deberá detallar a nivel concepto:

  • RFC: Se debe registrar el RFC del tercero.
  • Nombre: Se debe de registrar el nombreo denominación o razon social del tercero.
  • Información Fiscal Tercero: Se refiere a la información del domicilio fiscal del tercero que efectua el pago.

4. Identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías: Este nodo permitirá a la autoridad idnetificar si la operación ampara una operación de Exportación y se deberá confirmar con alguna de las siguientes claves:

  • 01 No Aplica – La operación no es objeto de Exportación.
  • 02 Definitiva – Se debe incluir el Complemento de Comercio Exterior
  • 03 Temporal – se aplica cuando el bien permanece en el extranjero por cierto tiempo, y regresa a territorio nacional(art. 117, Ley Aduanera)

5. Cancelación de Facturas: Uno de los retos importantes para las empresas es que la autoridad ha establecido un periodo máxima para cancelar facturas de años anteriores, tomando en cuenta que las fechas límites son el último día de la presentación de la declaración anual de personas morales(31 de marzo) y físicas(30 de abril).

Además, el emisor deberá señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes y el folio fiscal que sustituye al documento cancelado.

¿Cómo puedo prepararme para adoptar el Nuevo CFDi 4.0?

Si bien la autoridad fiscal ha emitido guias de uso para la elaboración del CFDi 4.0, tenemos que considerar que las plataformas de facturación como Xelcron realizarán el proceso de actualización más sencillo, apoyando a los usuarios atención de dudas relacionados con el uso del CFDI 4.0.

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Es por ello que te invitamos a estar al pendiente de nuestras nuevas publicaciones y comunicados donde comenzaremos a trabajar en la implementación de los cambios, ajustes y actualizaciones a los sistemas administrativos y de facturación para estar en posibilidad de emitir los CFDI con la nueva versión; pues a partir del 1 de julio del 2022 solo será válida la versión 4.0 para la emisión del CFDI y, consecuentemente, de los complementos relacionados; así como de las versiones actualizadas para la emisión de los comprobantes relativos tanto a las retenciones e información de pagos y como a los comprobantes de recepción de pagos.

(1) Comment

  • https://exoticsenualoriental.com/ 02/02/2023 @ 8:45 am

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