El primero de noviembre de 2018, el SAT(Servicio de Administración Tributaria) inició la aplicación del Nuevo Esquema de Cancelación de Facturas, por lo que te compartimos los criterios para hacer efectiva una Cancelación.
¿En qué consiste la cancelación de facturas?
Es una medida que prevé que, en algunos casos, necesitarás de la aceptación del receptor para poder cancelar un CFDi. La autoridad implementó esta medida para evitar abusos en la cancelaciones de los comprobantes.
Considerando lo anterior, existen diversos motivos por los que se puede cancelar un CFDi:
- Errores de datos fiscales (RFC, domicilio, nombre o razón social).
- Error en formas o métodos de pago (efectivo, cheque, transferencia, pago en una sola exhibición o en parcialidades).
- No colocar los 4 últimos dígitos de cuenta bancaria(no obligatorio).
- Error en los importes de factura(facturar más o menos).
- Falta de pago de la Factura Electrónica(principal motivo de cancelación).
- Error en clave o nombre de Productos y Servicios o unidad de medida.
- Impuestos aplicables no corresponden al tipo de factura.
- Condiciones de pago diferentes a lo acordado.
El Nuevo Esquema de Cancelación contempla dos criterios de cancelación:
- Con Aceptación del Receptor
- Sin Aceptación del Receptor
Cancelar factura sin aceptación del receptor
Si el CFDI se encuentra en alguna de las siguientes excepciones(regla 2.7.1.39 de la RMF), no será necesario pedir la autorización del receptor, por lo que bastará que se proceda con la cancelación de la misma forma en que se ha hecho siempre y obtener el acuse:
- Es un CFDI de ingreso por un monto de hasta 5 mil pesos.
- Es un CFDI de nómina.
- Es un CFDI de egreso.
- Es un CFDI de traslado.
- Es un CFDI de ingresos expedido a un contribuyente inscrito en el RIF.
- Emitidos a través de Mis cuentas, en el aplicativo Factura Fácil.
- Que amparen retenciones e información de pagos.
- Emitidos en operaciones realizadas con el público en general.
- Emitidos a residentes en el extranjero.
- Si se cancela dentro de los tres días siguientes a la expedición.
- Es un CFDI de ingresos expedido a través de un proveedor autorizado de certificación por actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras. O bien si fue expedido por contribuyentes que enajenen, usen o gocen bienes inmuebles, o bien otorguen el uso, goce o aceptación de un terreno.
- Fue emitido por un integrante del sistema financiero.
Cancelar una factura con aceptación del receptor
En caso de no caer en ninguna de las excepciones anteriores, el emisor tiene que seguir el proceso establecido en la regla 2.7.1.39 de la RMF.
- Solicitar la cancelación a través del portal del SAT o mediante los sistemas que Xelcron de facturación, nómina o ERP.
- El receptor recibirá el aviso en su “Buzón Tributario” y deberá aceptar o rechazar dicha solicitud, a su vez el Proveedor Autorizado de Certificación(PAC) informará al emisor cualquiera de los siguientes estados:
-
- No Cancelable.
- En Proceso.
- Solicitud rechazada.
- CFDI Cancelado.
- Cancelado por plazo vencido.
Si el receptor no responde durante los siguientes 3 días hábiles después de la solicitud, el SAT la considera como aceptada y la cancelación procede.
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